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El CISEN tendrá que revelar a cuántos dispositivos vigiló el gobierno en 2014

La resolución marca un precedente en la solicitud de datos al gobierno mexicano. El recurso legal interpuesto por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) para que el...

La resolución marca un precedente en la solicitud de datos al gobierno mexicano.

El recurso legal interpuesto por la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) para que el Centro de Investigación en Seguridad Nacional (CISEN) revele la cantidad exacta de personas y dispositivos móviles que intervino en el país durante el 2014, fue escuchado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), quien resolvió a favor organización civil, con 9 de 10 votos a favor.

Un poco de historia

Con el fin de obtener datos para su estudio El Estado de la Vigilancia: Fuera de Control, R3D solicitó, a través del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), que el CISEN le revelara los datos antes expuestos. El 25 de mayo de 2016, el INAI instruyó al CISEN a entregar la información solicitada a R3D en un plazo no mayor a 10 días.

Sin embargo, el 4 de agosto el Consejero Jurídico del Ejecutivo promovió un recurso de revisión ante la SCJN para que dicha información no fuera divulgada por razones de “seguridad nacional”. Hace unos días R3D publicó su estudio, además inició la campaña ¿Ayudará la SCJN a Peñita a esconder la información?, solicitando al máximo tribunal del país hacer valer la ley de transparencia.

Ahora…

Después de la resolución de la Suprema Corte, el CISEN tendrá que revelar el número exacto de comunicaciones privadas espiadas durante ese año. Y es que, contrario a lo que argumentaba el servicio de inteligencia mexicano, el tribunal considera que esta información es de carácter estadístico (por lo tanto, es pública) y que “no revela los métodos o formas que utiliza esa dependencia para cumplir con su misión”, de tal forma que “no vulnera la seguridad del Estado mexicano”

“Del análisis temático de la Ley, se estima que la pregunta sobre el número de personas o aparatos intervenidos no revela información sobre los hechos y circunstancias que da a lugar a la intervención, ni de la mecánica, procesos, métodos o capacidad de reacción del Cisen, ni acerca del tipo de tecnología utilizada para la ejecución de su actividad, ni constituye información o material producto de la intervención”, resaltó el ministro José Ramón Cossío, encargado de presentar el caso ante la SCJN.

Bajo este argumento, los ministros declararon infundado el recurso de revisión presentado por la Consejería Jurídica de la Presidencia y entregarán los datos a los activistas.

“La decisión de hoy es un paso muy importante para la transparencia y el derecho a la privacidad en México; las personas tenemos derecho a conocer aspectos básicos sobre cómo es que las autoridades vigilan a la población”, señaló Luis Fernando García, director ejecutivo de R3D.

Esto no significa que ahora automáticamente todos nos vamos a enterar a quiénes nos espiaron y a quiénes no. La Suprema Corte aclara que no toda la información solicitada puede divulgarse públicamente, puesto que algunas cifras, ligadas a otros reportes e informaciones del CISEN, sí pueden llegar a vulnerar la seguridad nacional. Por este motivo, “cada solicitud de información, debe analizarse de manera concreta, contrario a lo previsto por el INAI de que la información estadística siempre debe entregarse”.

“No toda la información estadística o numérica es de carácter público, es necesario hacer un estudio caso por caso; lo anterior, ya que información de carácter estadístico puede ser considerada como reservada, en aquellos casos en los cuales la misma pueda informar o ilustrar de alguna manera sobre la mecánica operativa de las instancias de seguridad nacional y comprometer así la capacidad de la defensa interna de las instituciones democráticas del Estado”, afirmó el ministro Eduardo Medina Mora, ex procurador general de la República.

Aun con los candados, esta resolución marca un precedente invaluable para futuras solicitudes de información. Ahora falta esperar que se entreguen los datos y la organización civil entregue los datos completos del espionaje telefónico en México. Si quieren leer la versión íntegra de lo que aprobó la SCJN, lo pueden hacer en esta página de la SCJN.

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